Con efectos desde el 1-1-2014 se aprueban los siguientes mínimos familiares aplicables para el cálculo del gravamen autonómico en el IRPF en Cantabria:
1) Mínimo por descendientes: se establecen los siguientes importes: 2.000 euros anuales por el primer descendiente; 2.200 euros anuales por el segundo; 3.900 euros anuales por el tercero; 4.450 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Además, el importe del mínimo por descendiente cuando sea menor de tres años, se fija en 2.400 euros anuales.
2) Mínimo por ascendientes: el importe del mínimo por ascendiente mayor de 65 años se fija en 970 euros anuales.
Por su parte, el importe del mínimo por ascendiente mayor de 75 años se fija en 1.200 euros anuales.
3) Mínimo por discapacidad: se establecen los siguientes importes: 2.400 euros anuales para personas con discapacidad; 7.200 euros anuales cuando se acredite un grado de minusvalía superior al 65%; 2.400 euros anuales en concepto de gastos de asistencia.
Para el mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes se establecen los siguientes importes: 2.400 euros anuales para personas con discapacidad; 7.200 euros anuales cuando se acredite un grado de minusvalía superior al 65%; 2.400 euros anuales en concepto de gastos de asistencia.
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