Con efectos desde el 1-1-2014, la presente Orden aprueba los precios medios en el mercado y los valores resultantes para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza rústica radicados en esta comunidad autónoma, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD e ISD que se devenguen en el año 2014, y establece las reglas de aplicación de los citados valores. Asimismo, se recoge la metodología empleada para su determinación.
Los precios medios aprobados afectan a la estimación del valor real tanto del suelo de naturaleza rústica radicado en este territorio, como de las edificaciones situadas en suelo de naturaleza rústica.
NOTA
Los precios medios de mercado aprobados por la presente Orden serán de aplicación a los hechos imponibles que se devenguen con posterioridad a 31-12-2014, siempre que no se haya llevado a cabo su actualización.
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