Responsabilidad de la indemnización de daños y perjuicios por enferemedad profesional en caso de sucesión empresarial

La responsabilidad del adquirente sucesor con el empresario anterior alcanza no solo las obligaciones reconocidas antes de la sucesión, sino también aquellas aún pendientes a la fecha del cambio empresarial por estar en curso de generación el daño atribuible a la empresa, como las derivadas del derecho a indemnización de daños y perjuicios por enfermedad profesional.

Entidad responsable de prestaciones de incapacidad permanente total y muerte y supervivencia derivadas de enfermedad profesional

La responsabilidad respecto del pago de las prestaciones por incapacidad permanente total o muerte y supervivencia derivadas de enfermedad profesional corresponde al INSS y a la mutua en proporción a cada entidad por el tiempo respectivo de aseguramiento.