El método de estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal, no es idóneo ni adecuado, salvo que se complemente con una comprobación directa por parte de la Administración del inmueble concreto sometido a valoración.
Se aprueban los coeficientes aplicables para el ejercicio 2018 al valor catastral de los inmuebles de naturaleza urbana ubicados en ciertos municipios de relevancia turística a efectos del ITP y AJD e ISD en esta comunidad autónoma.
El grado de discapacidad se puede acreditar mediante la presentación de la tarjeta acreditativa del mismo expedida por la Comunidad Autónoma, al tratarse de un documento sustitutivo de la resolución por la que se reconoce dicho grado de discapacidad que tienen validez en todo el territorio del Estado.
Alcance de los requisitos exigidos para el traslado del domicilio de uan sociedad extranjera a territorio español: certificación literal del Registro extranjero y competencia calificadora del registrador mercantil español.
En la consolidación del dominio por la extinción del usufructo tras el fallecimiento de los usufructuarios existe obligación de tributar en ISD por el mismo concepto por el que fue adquirida la nuda propiedad.
La posible resolución unilateral de arrendatario y la facultad de acordar prórrogas del mismo que tienen las partes, no implica la indefinición de la duración del contrato de arrendamiento
Las cotizaciones efectuadas por el SEPE en caso de subsidio de desempleo de mayores de 55 años, no pueden computarse para alcanzar el período mínimo de carencia requerido para acceder a la jubilación anticipada.
El 1-7-2018 entra en vigor la nueva regulación sobre el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del ISM en el que se integran, debidamente armonizadas, el conjunto de normas existentes hasta ahora sobre la materia.
La asunción de una deuda sin efectos liberatorios no puede considerarse como pago anticipado a efectos del impuesto, y por lo tanto la asunción de la deuda sin conocimiento, aunque sea tácito, del acreedor no produce el devengo anticipado del mismo.
La asunción de una deuda sin efectos liberatorios no puede considerarse como pago anticipado a efectos del impuesto, y por lo tanto la asunción de la deuda sin conocimiento, aunque sea tácito, del acreedor no produce el devengo anticipado del mismo.