Escisión: responsabilidad de las sociedades beneficiarias

En caso de operaciones de escisión, si subsiste la sociedad escindida (caso de la escisión parcial), ésta responderá, de modo solidario, del pago de las obligaciones que hubieran sido asumidas por la beneficiaria de la escisión.

Apoderamiento voluntario: sustitución del poder

En el ámbito de la representación voluntaria de sociedades, debe estarse a las reglas del CCom para los comisionistas o factores mercantiles, entre las cuales se incluye la prohibición de delegar los encargos recibidos sin previo consentimiento del comitente o principal.