Escisión: responsabilidad de las sociedades beneficiarias

En caso de operaciones de escisión, si subsiste la sociedad escindida (caso de la escisión parcial), ésta responderá, de modo solidario, del pago de las obligaciones que hubieran sido asumidas por la beneficiaria de la escisión.

Escisión por constitución de nuevas sociedades

La escisión parcial de una SRL, que traspasa su patrimonio inmobiliario a otra SRL de nueva creación, siendo el único socio de ambas sociedades la misma persona, no requiere de la aprobación e incorporación a la escritura de un balance de escisión.

Simplificación de requisitos en la escisión

Posibilidad de prescindir del informe de experto independiente, e incluso del informe de los administradores y del balance de escisión, cuando la operación de escisión se lleve a cabo mediante la constitución de nuevas sociedades, y las acciones, participaciones o cuotas de cada una de las nuevas sociedades se atribuyan a los socios de la sociedad escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta.