Fraude y control judicial de certificados foráneos de Seguridad Social a favor de desplazados desde otro Estado miembro
Los órganos judiciales del Estado miembro receptor de trabajadores desplazados, en el marco de un procedimiento equitativo y con todas las garantías, puede no tener en cuenta los certificados foráneos que acreditan su aseguramiento en otro Estado miembro (PD A1, antes E-101) cuando una investigación judicial constate que se expidieron fraudulentamente y la Administración de Seguridad Social de destino ya pidió sin éxito su revisión y retirada a la Administración que lo expidió.