Derivación de responsabilidad
Las nuevas reglas de derivación de responsabilidad que permiten al responsable aplicar las reducciones del 30% y el 25% a las sanciones se aplican retroactivamente si resultan favorables.
Las nuevas reglas de derivación de responsabilidad que permiten al responsable aplicar las reducciones del 30% y el 25% a las sanciones se aplican retroactivamente si resultan favorables.
El derecho de asunción preferente del socio se ha de respetar incluso cuando el aumento del capital se realiza mediante la compensación de créditos.
Desde el 30-12-2013 en el caso de despido de profesores de centros concertados ya no es preciso que se pronuncie previamente el Consejo Escolar del centro mediante acuerdo motivado adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros.
La inclusión en el objeto social de la actividad de promoción, creación y participación en empresas cumple el requisito de determinación.
Solo cuando el porcentaje se vincule a una cifra fija del capital social o al capital social máximo que haya tenido la cooperativa a lo largo de su historia, el importe que supere dicho porcentaje se mostrará en los fondos propios siempre y cuando, a su vez, la remuneración y el retorno sean discrecionales.
Se regulan las condiciones reglamentarias para la aplicación de la exención por reinversión en entidades de nueva o reciente creación, fijándose en un año el plazo para reinvertir.
Con efectos a partir del 7-12-2013, se regula para los contratos de arrendamiento financiero la forma en que debe efectuarse la opción por la deducción fiscal desde el inicio de la construcción del activo.
Las infracciones administrativas en materia de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social se clasifican en leves, graves o muy graves.
Aprobación del texto refundido de la Ley reguladora de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
El hecho de tratarse de una sociedad en concurso de acreedores no comporta de forma automática la existencia de una pérdida patrimonial para los socios, sino que debe procederse previamente a la disolución y liquidación de la sociedad, siendo el período impositivo en el que se produzca la liquidación cuando se considera producida la alteración patrimonial determinante, en su caso, de una pérdida patrimonial para el socio.
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