Se modifican los tipos de gravamen aplicables a las adquisiciones de viviendas habituales que no tengan la consideración de viviendas de protección oficial de precio máximo legal y se adapta la bonificación por adquisición de vivienda habitual por determinados colectivos.
Con efectos desde 1-1-2024, se amplía el colectivo de contribuyentes con residencia habitual en municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 3.000 habitantes respecto de los que no se exige la limitación de bases imponibles a efectos de la práctica de determinadas deducciones.
Con efectos a partir de 1-1-2023, se minoran los primeros tramos de la tarifa autonómica y se mejora la deducción por arrendamiento de vivienda habitual.
Con efectos a partir del 1-1-2022, se aprueba una nueva deducción por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes, y se modifican las deducciones por adquisición de vivienda para jóvenes y para víctimas del terrorismo con residencia en esta Comunidad Autónoma y por arrendamiento de vivienda habitual.
Para los hechos imponibles que se devenguen a partir del 1-1-2020, la deducción autonómica por gastos de guardería para hijos menores de cuatro años se sustituye por una nueva deducción por cuidado de hijos menores de hasta catorce años inclusive.
Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, en vigor desde el 24-5-2018, que entre otras cuestiones, regula la cuantía del mínimo exento y la tarifa aplicable en esta Comunidad Autónoma a efectos de la liquidación del impuesto.
Se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, manteniéndose, en relación con los inmuebles, la regulación prevista hasta ahora para el ITP y AJD.
Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, en vigor desde el 24-5-2018, que entre otras cuestiones regula los tipos impositivos aplicables en relación a ciertos medios de transporte.
Se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, sin grandes cambios en lo que afecta a la regulación del ITP y AJD.