Requisitos para la eficacia de la denuncia tácita de un convenio colectivo
El acuerdo para la constitución de mesa negociadora de un convenio todavía en vigor no implica su denuncia tácita. Para que esta se produzca de forma expresa -tal como exige la norma- son necesarios actos demostrativos de tal voluntad de las partes legitimadas para negociar.