Se incrementa el porcentaje de reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario que provenga del arrendamiento de viviendas intermediado a través de la sociedad pública instrumental. Además, se aprueba un nuevo porcentaje de reducción para el rendimiento procedente del arrendamiento de viviendas cuya cuantía de alquiler anual no supere el valor del Índice de Sostenibilidad de Alquileres.
Se establecen las actividades prioritarias de mecenazgo cultural para el año 2022, así como los requisitos y condiciones que deben cumplir esas actividades.
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada en la LIVA, por la que se cambia el tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos, siempre que estas entidades destinen estos productos a sus fines de interés general.
Para adaptarse a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga hasta el 30-6-2022 la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2022, se reforma el régimen del mecenazgo, para ampliarlo al medioambiental, para contribuir a la necesaria consolidación y al fortalecimiento de las entidades sin ánimo de lucro de este sector, como uno de los ejes clave para el desarrollo económico y la cohesión social, otorgando el necesario protagonismo a la sociedad civil.
Para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga la aplicación del tipo reducido del IVA al suministro eléctrico.
Se aprueban en Navarra los modelos S-90 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, y para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021.
Se amplía el plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuya fecha de finalización debería ser el 20-4-2022 hasta el 25-4-2022.
En materia de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos, para adaptarse a las medidas urgentes aprobadas en territorio común, dentro del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, se habilita la devolución mensual, en lugar de trimestral, del gasóleo profesional.