Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2022, se reforma el régimen del mecenazgo, para ampliarlo al medioambiental, para contribuir a la necesaria consolidación y al fortalecimiento de las entidades sin ánimo de lucro de este sector, como uno de los ejes clave para el desarrollo económico y la cohesión social, otorgando el necesario protagonismo a la sociedad civil.
Aunque la declaración de bien de interés local de un inmueble establezca una serie de cargas de protección y conservación a sus propietarios, similares a las de los bienes declarados de interés cultural, no puede extenderse a los mismos la aplicación de la deducción por actuaciones para la protección y difusión del patrimonio histórico.
Aunque la declaración de bien de interés local de un inmueble establezca una serie de cargas de protección y conservación a sus propietarios, similares a las de los bienes declarados de interés cultural, no puede extenderse a los mismos la aplicación de la deducción por actuaciones para la protección y difusión del patrimonio histórico.
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