Sustitución del sistema de descuento por uno nuevo que se ha de realizar mediante tarjeta financiera

Se considera sustancial la modificación en la forma de aplicar el disfrute del descuento en compras que, realizándose mediante una tarjeta de fidelización, se sustituye por la obligación de suscribir por parte de los trabajadores un contrato con un entidad financiera y a pagar con la tarjeta que la misma facilite, por lo que su impugnación se ha de realizar dentro del plazo de caducidad previsto legalmente.