La Inspección de Trabajo no tiene competencia para controlar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, y sancionar las infracciones a dicha normativa, en establecimientos mineros que exijan la aplicación de técnicas mineras como son las plantas de recepción, procesamiento y secado del mineral.
El plazo de dos años a que se refiere la L 38/1992 art.65.3 para la aplicación de la exención, se debe computar a partir de la primera matriculación definitiva en España o desde el inicio de su utilización en España, siendo indiferente el hecho de que el vehículo en cuestión haya estado matriculado en otro país de la UE y afecto a la actividad de alquiler en ese país con anterioridad a su entrada y posterior matriculación definitiva en España.