Bizkaia: reducciones en el IRPF
Se establece la posibilidad de que el contribuyente reduzca de la base imponible general las aportaciones del contribuyente que no hayan podido reducirse por insuficiencia de la misma
Se establece la posibilidad de que el contribuyente reduzca de la base imponible general las aportaciones del contribuyente que no hayan podido reducirse por insuficiencia de la misma
Deducción por discapacidad o dependencia
Se elimina la compensación fiscal aplicable a los seguros individuales de vida o invalidez
Existe obligación de autoliquidar el impuesto por las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de IIC en las que la base de retención no proceda determinarla por cuantía a integrar en la base imponible
El TCo ha declarado inconstitucional y nulo el inciso «que se imputen en un período impositivo que finalice con posterioridad a 4-8-2004» de la LIRPF disp.adic.31ª redacc L 2/2011, en su aplicación a los ejercicios de 2004 a 2010, por considerar que vulnera la CE art.9.3, al limitar la aplicación de la reducción correspondiente a las rentas irregulares y dotar a la norma de una retroactividad de grado máximo, en los ejercicios señalados, sin que se haya constatado que concurren circunstancias de interés común que lo justifiquen.
Se introducen restricciones en el perímetro de vinculación y en los supuestos de vinculación en el ámbito de la relación de los socios o partícipes con la entidad, que queda fijado en el 25% de la participación. Se permite utilizar métodos y técnicas de valoración generalmente aceptados que respeten el principio de libre competencia, con carácter subsidiario a los métodos previstos en la norma foral para determinar el valor de mercado. Se modifican las obligaciones de documentación y se introduce la información país por país dentro de las obligaciones de información y documentación en las operaciones vinculadas.
Se establecen dos normas especiales para las aportaciones de los socios de las AIE que deban calificarse como instrumentos de patrimonio con características especiales y se establecen reglas para determinar el valor de adquisición en la transmisión de participaciones, fondos propios o resultados.
No se aplica la exención por los trabajos realizados en el extranjero a los rendimientos del trabajo percibidos por una persona física que presta servicios a una sociedad de la que posee el control efectivo.
La presente consulta recoge las siguientes precisiones en relación con las retenciones y cotizaciones a la Seguridad social relacionadas con salarios pendientes de cobro, posteriomente abonadas por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) o por el administrador concursal.
La no comunicación al SEPE, sin justificación, de la percepción de rentas superiores al mínimo permitido durante menos de 12 meses es causa de extinción del subsidio de desempleo desde el momento en que se produce la causa de incompatibilidad.
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