Ayudas por daños personales ocasionados por la borrasca Filomena (RF 20/21 18 de Mayo de 2021 al 24 de Mayo de 2021)
Están exentas del IRPF las ayudas excepcionales por daños personales recibidas como consecuencia de la borrasca Filomena.
Están exentas del IRPF las ayudas excepcionales por daños personales recibidas como consecuencia de la borrasca Filomena.
Con efectos a partir de 1-1-2021, se aprueba una nueva deducción por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo; y se modifica la deducción por inversión en empresas agrarias y sociedades cooperativas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra.
En el ejercicio 2020, a efectos del cómputo como personal no asalariado del titular de la actividad, se deben descontar los días en los que estuvo declarado el estado de alarma en el primer semestre, con independencia de que la actividad se haya ejercido o no, así como los días del segundo semestre en los que el ejercicio efectivo de la actividad económica se hubiera visto suspendido como consecuencia de las medidas adoptadas por la crisis del Covid-19.
Los ingresos obtenidos por un abogado, en el ejercicio de su profesión, por su actuación de defensa procesal en un litigio cuya duración se extendió más de dos años, cuando se perciban de una sola vez o en varias en el mismo ejercicio, se consideran generados en un periodo superior a dos años a los efectos de acogerse a la reducción por irregularidad. La excepción en la aplicación de dicha reducción atendiendo a la regularidad o habitualidad de los rendimientos, ha de hacerse por referencia a los ingresos obtenidos por el sujeto pasivo y no por las características del sector o profesión de que se trate.
Se reducen para el período impositivo 2020 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
Con efectos a partir del 30-4-2021 (a excepción de la deducción aplicable por donativos realizados para paliar los efectos del Covid-19, cuya entrada en vigor se produce desde el 1-1-2020), se aprueban nuevas deducciones autonómicas encaminadas al fomento de la cultura así como al incremento, protección y mejora del patrimonio cultural de esta Comunidad Autónoma.
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