Escala del ahorro autonómica
Se aprueba la escala del ahorro autonómica aplicable en el período impositivo 2015.
Se aprueba la escala del ahorro autonómica aplicable en el período impositivo 2015.
Se aprueba la escala del ahorro estatal aplicable en el período impositivo 2015.
Se aprueba una nueva escala del ahorro estatal aplicable desde 1-1-2015 a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en el extranjero.
Se aprueba una nueva escala general estatal aplicable desde 1-1-2015 a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en el extranjero.
Se aprueba una nueva escala general estatal aplicable desde 1-1-2015 en la que se reducen los porcentajes correspondientes a cada uno de los tramos.
Entre las modificaciones introducidas, se recoge la información que se ha de incluir en la memoria en aquellos casos en los que resulte de aplicación la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, así como la regularización de las deducciones por cuenta ahooro- empresa practicada en ejercicios anteriores.
El TCo declara perfectamente constitucional la no aplicación del mínimo por descendientes a los contribuyentes que satisfacen anualidades por alimentos a sus hijos por decisión judicial, centrando la inconstitucionalidad en la exigencia del requisito de convivencia cuando exista dependencia económica y no se trate de un supuesto en el que se satisfagan las referidas prestaciones (como ocurre en los casos de divorcio o separación).
Con efectos 1-4-2015 se reduce el ámbito de aplicación de la deducción por aportaciones a partidos políticos.
Se modifica la escala de gravamen de la base liquidable especial del ahorro y se crea la deducción por las cuotas tributarias satisfechas por el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
Para 2015, se establece una nueva deducción autonómica por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural.
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