Las obras de mejora en una vivienda previamente a su entrega concertadas con el promotor y que forman parte del precio de venta, pueden aplicar el tipo reducido del 10%. Si quien factura al adquirente es el constructor o el proveedor, el tipo a aplicar es el general del impuesto.
El servicio de restauración subcontratado para la prestación del servicio de comidas a los usuarios de los centros de día y de asistencia residencial está sujeto y no exento del impuesto y tributará al tipo del 10%, y ello con independencia de si los usuarios del mismo ocupan o no plazas concertadas en dichos centros.
En orden a la aplicación del tipo reducido a la adquisición de un vehículo para el transporte de personas con movilidad reducida, para considerar a una persona como tal se requiere que, además de tener la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitidas por las Corporaciones Locales o, en su caso, por las Comunidades Autónomas, en todo caso deberá contar con el certificado o resolución expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, acreditativo de la movilidad reducida.
Desde el 1-1-2016 hasta el 31-12-2017, el tipo normal del IVA no podrá ser inferior al 15%.
Las ejecuciones de obra contratadas por una comunidad de propietarios, que no es la promotora de los inmuebles, con un constructor, con el fin de terminar la obra y poder obtener el certificado de fin de obra y licencias de habitabilidad, tributarán al tipo general del 21%.
Una sociedad explota un área de autocaravanas en un recinto vallado en el que se cobra un precio por el estacionamiento de autocaravanas que además permite el uso de electricidad, vaciado y llenado de depósitos, uso de baños y de […]
No es posible aplicar un tipo reducido al libro distribuido en formato electrónico.
Modificaciones en los tipos impositivos
En el caso de operaciones relativas a productos aptos para la alimentación animal no es preciso acreditar el destino efectivo que se ha dado a los mismos, siendo aplicable el tipo reducido del impuesto.
La tributación de los objetos de arte pasa al tipo del 10% del IVA.