Exención en operaciones interiores
Se limitan las actividades que se encuentran exentas en los servicios prestados directamente a sus miembros por uniones, agrupaciones o entidades autónomas.
Se limitan las actividades que se encuentran exentas en los servicios prestados directamente a sus miembros por uniones, agrupaciones o entidades autónomas.
Desde el 1-1-2019 se modifica el lugar de realización de los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicación y radiodifusión y televisión, siempre que el importe total de las prestaciones de este tipo no haya excedido 10.000 euros anuales.
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