Operaciones interiores exentas en el IVA
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado en la LIVA, en materia de exenciones en operaciones interiores.
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado en la LIVA, en materia de exenciones en operaciones interiores.
Se limitan las actividades que se encuentran exentas en los servicios prestados directamente a sus miembros por uniones, agrupaciones o entidades autónomas.
Desde el 1-1-2019 se modifica el lugar de realización de los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicación y radiodifusión y televisión, siempre que el importe total de las prestaciones de este tipo no haya excedido 10.000 euros anuales.
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