Calificación del despido de una trabajadora en situación de IT (RS 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

El TSJ Asturias califica como improcedente, no nulo, el despido por faltas de asistencia injustificadas de una trabajadora en situación de IT que no comunica su baja a la empresa y recuerda que la emisión de un parte de baja médica no exime al trabajador de su deber de comunicar al empresario las circunstancias que le impiden acudir a su puesto con la diligencia debida.

Segunda solicitud de rectificación tras desestimación de la primera por el TEAR (RF 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

La resolución económico-administrativa firme, que confirma la desestimación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación por la Oficina gestora, no constituye una liquidación practicada por esta, por lo que se debe admitir a trámite la segunda solicitud de rectificación si se basa en argumentos, datos o circunstancias sobrevenidas, relevantes para la devolución instada.

Alcance de la vinculación entre la sentencia que anula una sanción por falta de medidas de seguridad y el recargo de prestaciones (RS 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

La vinculación de las sentencias que resuelven las sanciones en materia de PRL y los procedimientos posteriores relativos al recargo de prestaciones en cuanto a la existencia de la infracción y a los hechos en que se funda esa apreciación no opera automáticamente, sino que hay que determinar en qué medida y bajo qué circunstancias lo resuelto en la primera puede proyectarse en la segunda.

Modalidad de tributación de cónyuges separados con guarda y custodia compartida de los hijos menores (RF 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

En el caso de cónyuges separados legalmente con hijos menores, en los que la guarda y custodia de estos es compartida, si no hay un mutuo acuerdo previo entre los excónyuges sobre quién de ellos se acogerá a la tributación conjunta, ambos deben tributar en el régimen de tributación individual, sin posibilidad de aplicar la reducción por tributación conjunta.