Aplazamiento o fraccionamiento de deudas por el responsable tributario (RF 24/20 09 de Junio de 2020 al 15 de Junio de 2020)
Se fija como criterio administrativo, que los responsables pueden solicitar el aplazamiento/fraccionamiento de las deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo, cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos, incluidas aquellas deudas derivadas de retenciones que figuren en el alcance del acuerdo por el que se les declara responsables.