Nulidad del despido colectivo

Se anula un despido colectivo al haber vulnerado la empresa el derecho de libertad sindical, pues los representantes de los trabajadores tienen prioridad de permanencia en la empresa respecto de los demás trabajadores afectados por el procedimiento de despido colectivo. Ahora bien, este derecho de permanencia se produce cuando los puestos que subsisten son equivalentes.