Nulidad de un despido colectivo concursal

Es nulo el despido colectivo llevado a cabo como consecuencia de la declaración de concurso de una empresa por un tribunal alemán que dispone en España de una sucursal o establecimiento secundario. Es posible, siempre que concurran los restantes requisitos, la declaración de un concurso territorial que habrá de proyectarse sobre la empresa y no sobre su sucursal en España, que no existe como ente con personalidad.