Tasas judiciales: implantación de nuevos modelos de autoliquidación (nº 696) y de solicitud de devolución (nº 695)
A todos los hechos imponibles que hayan tenido lugar desde el 1-3-2015 se les aplican los nuevos modelos 696 y 695, de autoliquidación y solicitud de devolución de tasas judiciales en los órdenes social, contencioso administrativo y civil. El objetivo principal es adaptarlos al cambio normativo que, desde la fecha indicada, eliminó el abono de tasas judiciales respecto de las personas físicas, aunque también se introducen ciertas actualizaciones técnicas en relación con la forma, condiciones generales y procedimientos para la presentación electrónica de ambos modelos.