El jubilado parcial tiene derecho a una indemnización de daños y perjuicios si la empresa celebró un contrato de relevo inválido
La empresa ha de asumir la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados a un empleado que accedió a una jubilación parcial que fue denegada meses después por el INSS al detectar defectos en la contratación del relevista que no era desempleada (estaba de alta en el régimen especial de empleados de hogar) y tampoco tenía un contrato temporal con la empresa.