Derecho de los trabajadores con jornada a tiempo parcial o reducida a percibir el plus de transporte

Los trabajadores que realicen una jornada a tiempo parcial o reducida tienen derecho a percibir el plus de transporte, previsto en el convenio colectivo, de modo proporcional a los días que acudan al trabajo mensualmente en relación con los trabajadores que prestan servicios todos los días laborables.