Se introduce la posibilidad de presentar el informe anual de gobierno corporativo y el informe anual de remuneraciones de consejeros en formato libre y se efectúan algunas modificaciones en su contenido para eliminar algunos apartados que han perdido relevancia en el contexto actual, e introducir o desarrollar otros más relevantes. Se establece un nuevo modelo de informe anual de gobierno corporativo para entidades del sector público institucional emisoras de valores distintos a las acciones.
Se aclara y sistematiza la información que las sociedades mercantiles deben recoger en la memoria de sus cuentas anuales individuales y consolidadas en relación con el período medio de pago a proveedores en operaciones comerciales
La consulta trata de cómo afecta al contenido de la Memoria, que se incluye en las cuentas anuales, los cambios introducidos en la LSC art. 229 y 230 por la L 31/2014 para la mejora del gobierno corporativo. En primer […]
Como consecuencia de la modificación del régimen fiscal especial aplicable a las SOCIMI y sus socios para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se modifica asimismo la información que las entidades que hayan optado por la aplicación del referido régimen deben suministrar en la memoria de las cuentas anuales.
La información comparativa del ejercicio 2010 que debe lucir en las cuentas anuales del ejercicio 2011, es la que se recogió en las cuentas anuales del ejercicio 2010, sin perjuicio de que la empresa explique convenientemente en la Memoria la no comparabilidad de las cuentas de ambos años.
La información comparativa del ejercicio 2010 que debe lucir en las cuentas anuales del ejercicio 2011, es la que se recogió en las cuentas anuales del ejercicio 2010, sin perjuicio de que la empresa explique convenientemente en la Memoria la no comparabilidad de las cuentas de ambos años.
En la memoria de las cuentas individuales, la información sobre el personal se limita al número medio de personas empleadas expresado en categorías, así como su distribución por sexos al término del ejercicio, desglosado por categorías y niveles. A efectos exclusivos del depósito, se incluye también en la hoja de identificación de la empresa el número de empleados con discapacidad.
Los derechos de cobro o débitos que una entidad mantiene con la Hacienda Pública no deben considerarse como instrumentos financieros, por lo que se valorarán por su valor nominal y en la memoria no debe aparecer la información exigida en relación a los mismos.
Tratamiento del deber de información en la memoria de las cuentas anuales regulado en la L 15/2010 en relación con los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales.
Tratamiento del deber de información en la memoria de las cuentas anuales regulado en la L 15/2010 en relación con los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales.
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