Adopción de acuerdos en la sociedad anónima
Se establece de forma expresa que el criterio de cómputo de la mayoría necesaria para la adopción de acuerdos por la junta general de la sociedad anónima es la mayoría simple.
Se establece de forma expresa que el criterio de cómputo de la mayoría necesaria para la adopción de acuerdos por la junta general de la sociedad anónima es la mayoría simple.
Se establece de forma expresa que el criterio de cómputo de la mayoría necesaria para la adopción de acuerdos por la junta general de la sociedad anónima es la mayoría simple.
Interpretación de la cláusula estatutaria que, pese a fijar una mayoría reforzada para el aumento y reducción del capital, excluye de dicha mayoría los acuerdos exigidos por imperativo legal.
Necesidad de verificación por auditor de cuentas del balance que sirve de base a la operación.
Interpretación de la cláusula estatutaria que, pese a fijar una mayoría reforzada para el aumento y reducción del capital, excluye de dicha mayoría los acuerdos exigidos por imperativo legal.
El derecho de asunción preferente del socio se ha de respetar incluso cuando el aumento del capital se realiza mediante la compensación de créditos.
La cancelación de la inscripción del aumento de capital suscrito por la sociedad dominante requiere el cumplimiento de los requisitos de la reducción de capital por devolución de aportaciones.
La declaración judicial de nulidad de los acuerdos sociales impugnados no produce de manera automática el regreso al estado de cosas anterior al acuerdo anulado.
La declaración judicial de nulidad de los acuerdos sociales impugnados no produce de manera automática el regreso al estado de cosas anterior al acuerdo anulado.
Una vez inscrita la sociedad no es posible rectificar la cifra del capital social mediante la modificación de la valoración de las aportaciones realizadas.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).