Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social a las empresas y trabajadores por cuenta propia, afectados por el coronavirus (RS 17/20 21 de Abril de 2020 al 27 de Abril de 2020)

Simplificación del procedimiento de resolucion de aplazamiento de cotizaciones, se fija un criterio homogéneo para su amortización y se establece el efecto de la solicitud hasta la resolucion del procedimiento.

Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social a las empresas y trabajadores por cuenta propia, afectados por el coronavirus (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Las empresas y los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar un aplazamiento del pago de sus deudas con la Seguridad Social con un interés inferior al previsto para los aplazamientos reconocidos en condiciones normales.

Moratoria en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social a las empresas y trabajadores por cuenta propia, afectados por el coronavirus (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Se habilita a la TGSS a la concesión de forma excepcional de moratorias en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, de 6 meses sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, atendiendo a excepcionales circunstancias, en los casos y condiciones que se determinen mediante Orden Ministerial. El periodo de devengo en el caso de empresas sería el comprendido entre abril y junio de 2020, mientras que en el caso de los autónomos sería el comprendido entre mayo y julio de 2020. La TGSS puede otorgar moratorias de 6 meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido con ocasión del estado de alarma. Para ello deberán solicitarla y cumplir los requisitos y condiciones que se establecerán mediante OM del MISSM.

Compatibilidad del subsidio por cuidado de menor afectado por cáncer y prestación por desempleo o cese de actividad durante la permanencia del estado de alarma (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Los perceptores del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que vinieran percibiendo los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, a 14-3- 2020, no se verá afectado por la suspensión del contrato y reducción de jornada que tengan su causa en las medidas adoptadas en relación con el coronavirus.