Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014, se modifica en este territorio el DF Araba 41/2014. Las novedades introducidas son las siguientes:
a) Para las microempresas, pequeñas y medianas empresas, se declara compatible la bonificación en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, con la aplicación de las deducciones por actividades de I+D+i, .
Para el resto de empresas o entidades, la bonificación es compatible con el referido régimen de deducciones, siempre que no se aplique sobre el mismo investigador. En tales supuestos, las empresas pueden optar por aplicar la bonificación en la cotización a la Seguridad Social respecto del personal investigador, o una deducción por los costes de dicho personal en los proyectos en los que participe y en los que realice las actividades de I+D+i. Por tanto, es compatible por una misma empresa y en un mismo proyecto, la aplicación de bonificaciones sobre investigadores junto con la de deducciones por otros investigadores por los que la empresa, en ese caso, desee deducirse.
Las entidades o empresas que apliquen bonificaciones y que también apliquen deducciones, deben además aportar a requerimiento de la Administración tributaria una memoria anual de actividades y proyectos ejecutados e investigadores afectados por la bonificación.
b) Se aclara que los límites de reducción de base imponible establecidos para la Reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva y de la reserva especial para nivelación de beneficios, deben calcularse sobre el importe de la base imponible previa a la aplicación de las correcciones en materia de aplicación del resultado.
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