La Resol Asturias 4-4-2011 aprobó varios modelos de la declaración- liquidación de los tributos cedidos en el Principado de Asturias (en concreto, modelo 600 y 620, en relación con el ITP y AJD), no incluyéndose los modelos relativos a la liquidación del ITP y AJD, modalidad AJD, documentos mercantiles. Por tanto, en virtud de la presente Resolución y, con efectos desde el 28-6-2013, se aprueban los siguientes modelos de autoliquidación de dicha modalidad del impuesto:
– Modelo 610. Pago en metálico de documentos negociados por entidades colaboradoras.
– Modelo 615. Pago en metálico de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o que son endosables a la orden.
– Modelo 630. Exceso de letras de cambio.
Todos los modelos mencionados constan de tres ejemplares: dos para la Administración y otro para el interesado.
En cuanto a su forma de presentación, se permite que sean entregados en las oficinas del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, por medios telemáticos a través de los sistemas y aplicaciones informáticas que dicho Ente Público tiene para los usuarios en su página web (www.tributasenasturias.es), así como mediante la confección de las autoliquidaciones con los programas de ayuda a la gestión tributaria que se encuentran en el portal tributario del Ente Público.
NOTA
En el Anexo de la presente Resolución se incluyen los modelos.
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