Como consecuencia del conflicto laboral en la sociedad mercantil pública Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA), que presta diversos servicios de asistencia al contribuyente, entre los que se encuentra la recepción de autoliquidaciones y declaraciones correspondientes a tributos cuya aplicación corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejería de Hacienda canaria con fecha 8-2-2019, ha decidido volver a ampliar el plazo de presentación de algunas autoliquidaciones y declaraciones.
Así, se amplía hasta el 15-3-2019 el plazo de presentación de:
a) Las autoliquidaciones del IGIC, Impuesto sobre las Labores del Tabaco, e Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, correspondientes al mes de enero de 2019.
En el caso de domiciliación del pago de estas autoliquidaciones, el plazo se amplía hasta el 11-3-2019.
b) El modelo 461 de declaración de operaciones accesoria al modelo 460, y el modelo 468 de comunicación de los precios medios ponderados de venta real, en relación al Impuesto sobre las Labores del Tabaco, correspondientes a períodos de liquidación cuyo plazo de presentación es el mes de febrero de 2019.
c) Las declaraciones censales, respecto a las comunicaciones que deban realizarse durante el mes de febrero de 2019.
d) La declaración anual de operaciones económicas con terceras personas correspondiente al año 2018.
e) La declaración anual de las operaciones exentas del IGIC correspondiente al año 2018.
También se regulan nuevos plazos de presentación en relación con:
– las autoliquidaciones del ISD (ver nº 9023 Memento Fiscal 2018);
– las autoliquidaciones del ITP y AJD (ver nº 11943 Memento Fiscal 2018); y
– las autoliquidaciones de la Tasa Fiscal sobre el Juego (ver nº 12905 Memento Fiscal 2018).
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