Con efectos a partir del 1-1-2017, respecto a las obligaciones de información, se recogen las siguientes novedades:
a) Se recoge la declaración anual informativa para las entidades aseguradoras o de crédito que comercialicen los contratos de Planes de ahorro a largo plazo.
b) Se recoge la declaración informativa para las entidades que distribuyan prima de emisión o reduzcan capital con devolución de aportaciones correspondiente a valores no admitidos a negociación en alguno de los mercados regulados de valores definidos en la Dir 2004/39/CE, en relación con las distribuciones realizadas no sometidas a retención. No obstante, quedan excluidas de la obligación de presentar la declaración informativa si en las operaciones de reducción de capital con devolución de aportaciones o de distribución de prima de emisión intervienen alguno de los sujetos obligados a presentar la declaración informativa de conformidad con lo previsto en el DF Gipuzkoa 47/2013 art.51 redacc DF Gipuzkoa 13/2016 (fedatarios públicos, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, las entidades comercializadoras de participaciones en fondos de inversión, las entidades y establecimientos financieros de crédito, las sociedades y agencias de valores, etc.).
Actualidad jurídica
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