Un nacional sueco, residente en territorio español, ha realizado aportaciones a un plan de pensiones individual en Suecia a una entidad financiera sueca. Se plantea la posibilidad de reducir dichas aportaciones en la declaración del IRPF.
En la normativa del IRPF se contempla la reducción en la base imponible de las aportaciones realizadas bien a un plan de pensiones individual, bien a un plan de pensiones de los regulados en la Dir 2003/41/CE, relativa a las actividades y la supervisión de fondos de pensiones de empleo, siempre que se cumplan ciertos requisitos (LIRPF art.51.1). En cuanto a las aportaciones realizadas a un plan de pensiones individual, cabe interpretar que dentro de dicho concepto estarían incluidas las aportaciones realizadas por personas físicas residentes tanto a un plan de pensiones individual español como a un plan de pensiones individual de otro Estado miembro de la UE siempre que, en este último caso, tenga una naturaleza similar a los planes de pensiones individuales españoles regulados por el RDLeg 1/2002 (Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones) y las contingencias cubiertas sean las previstas en el RDLeg art.8.6 redacc L 35/2006.
Por tanto, las aportaciones realizadas por el contribuyente a un plan de pensiones individual en Suecia a una entidad financiera sueca podrán ser objeto de reducción en la base imponible del IRPF en tanto en cuanto se pruebe que dicho plan de pensiones tiene una naturaleza similar a los planes de pensiones individuales españoles regulados por el citado RDLeg 1/2002 y las contingencias cubiertas sean la jubilación, incapacidad laboral total y permanente o absoluta y permanente, gran invalidez, fallecimiento, dependencia severa o gran dependencia.
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