Desde 1-1-2024, se adapta la LIRPF para evitar someter a tributación a los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo de cuantía inferior al nuevo salario mínimo interprofesional para 2024 (15.876 euros anuales). De este modo, se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo de los 6.498 euros hasta los 7.302 euros anuales, decreciendo linealmente en dos tramos a medida en que vayan aumentando los ingresos.
Se amplía al período impositivo 2024 la deducción por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.
Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural de 2024 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
Con efectos a partir de 1-1-2024, los contribuyentes del IRPF que desarrollen su actividad económica por el método de estimación objetiva también pueden aplicar la libertad de amortización prevista en el IS para determinados vehículos y nuevas infraestructuras de recarga.
Desde 1-1-2024, para evitar someter a tributación a los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo de cuantía inferior al nuevo salario mínimo interprofesional para 2024, se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo, que pasa de 15.000 euros a 15.876 euros anuales.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024, y que no hayan concluido el 28-6-2024, se transforma la amortización acelerada existente en libertad de amortización.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024, se incrementa el porcentaje de la reducción y se reduce el tiempo de mantenimiento del incremento de los fondos propios.
Se prorrogan los tipos reducidos del 0% de ciertos alimentos y se incluye el aceite de oliva dentro de los susceptibles de aplicar el tipo superreducido a partir del 1-1-2025.
Se reconoce una bonificación en el impuesto a las personas afectadas por el incendio de los edificios ocurrido el pasado mes de febrero en Valencia, beneficiando tanto a los propietarios como a los arrendatarios.
Se modifica el valor de la tarifa fija unitaria establecida a efectos de la determinación de la cuota tributaria.