Tipo impositivo de las mascarillas quirúrgicas (RF 25/22 21 de Junio de 2022 al 27 de Junio de 2022)
Se prorrogan la aplicación de tipos reducidos a las entregas de bienes, importaciones y AIB de las mascarillas quirúrgicas desechables.
Se prorrogan la aplicación de tipos reducidos a las entregas de bienes, importaciones y AIB de las mascarillas quirúrgicas desechables.
Continúa aplicándose la reducción del tipo impositivo al 0,5%, durante todo el año 2022.
Advertido error en el texto principal, se corrige la entrada en vigor de la nueva norma sobre organización, funciones y atribución de competentecias en el área de recaudación. Se establece una «vacatio legis» de un año, de tal forma que se aplaza su entrada en vigor hasta el 17-6-2023, manteniendo su vigencia, durante ese período, la actual norma de referencia, la
AEAT Resol 22-1-13EDL 2013/1369
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En todas las facturas referidas a transportes por carretera realizados entre el 1-7-2022 y el 31-12-2022, debe reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización de dicho transporte.
Se prorroga la vigencia de la aplicación del tipo 0% a la importación o entrega de determinados bienes para combatir los efectos del COVID-19.
Se amplían los supuestos de aplicación del tipo 0% a las ejecuciones de obra para la construcción y reconstrucción de viviendas habituales destruidas a consecuencia de la erupción del volcán en determinadas parcelas.
Se modifica el calendario de implantación de TicketBAI y se determinan los supuestos en los que se exime del cumplimiento de la obligación, creándose adicionalmente, una deducción excepcional.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2021.
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada en la LIVA, por la que se cambia el tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos, siempre que estas entidades destinen estos productos a sus fines de interés general.
Se establece la presentación mediante formulario web en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
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