Novedades en el tipo 0% del IGIC (RF 25/22 21 de Junio de 2022 al 27 de Junio de 2022)
Se prorroga la vigencia de la aplicación del tipo 0% a la importación o entrega de determinados bienes para combatir los efectos del COVID-19.
Se prorroga la vigencia de la aplicación del tipo 0% a la importación o entrega de determinados bienes para combatir los efectos del COVID-19.
Se establece la presentación mediante formulario web en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada en la LIVA, por la que se cambia el tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos, siempre que estas entidades destinen estos productos a sus fines de interés general.
Se modifica el calendario de implantación de TicketBAI y se determinan los supuestos en los que se exime del cumplimiento de la obligación, creándose adicionalmente, una deducción excepcional.
Se amplían los supuestos de aplicación del tipo 0% a las ejecuciones de obra para la construcción y reconstrucción de viviendas habituales destruidas a consecuencia de la erupción del volcán en determinadas parcelas.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2021.
Aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.
Con el fin de evitar la destrucción del empleo y del tejido empresarial, se prorroga hasta el 31-12-2022, que las empresas beneficiarias de las ayudas directas no puedan justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos. El incumplimiento de esta obligación conlleva el reintegro de la ayuda recibida.
Se prorrogan tanto los ERTE por fuerza mayor adoptados por las empresas afectadas por el volcán hasta el 31-12-2022, como la posibilidad del aplazamiento y moratoria en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo tenga lugar entre junio y agosto de 2022.
Desde el 27-6-2022 hasta el 31-12-2022, las empresas que apliquen medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos (
ET art.47
) por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y se beneficien de apoyo público, no pueden utilizar estas causas para realizar despidos.
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