Arrendamiento de un local objeto de concesión administrativa

Se considera bien inmueble una concesión administrativa sobre un local comercial, por lo que, según la normativa interna, los rendimientos derivados de su arrendamiento resultan sujetos al IRNR, ya que se entienden obtenidos en España, sin perjuicio del análisis posterior de la existencia o no de establecimiento permanente que ha de hacerse para concretar su tributación en este país.

Gipuzkoa: limitaciones a la compensación de bases imponibles negativas en el IS

Las bases imponibles negativas que hayan sido objeto de liquidación o autoliquidación pueden ser compensadas por las rentas positivas de los períodos impositivos que concluyan en los 30 años sucesivos con el límite del 50% de la base imponible positiva previa a la compensación, o del 70% en microempresas y pequeñas empresas.