Modificación de algunos Anexos de los Reglamentos de coordinación, que no afecta a las entradas de España

Modificación de los Anexos de los Reglamentos de coordinación, tanto de base como de desarrollo, que no afecta directamente a España. Respecto del Reglamento de base se modifica el Anexo VI en relación a las entradas de Estonia, Suecia y Reino Unido; el Anexo VIII en relación a Polonia, Suecia y Reino Unido y el Anexo IX en relación a Suecia. Del Reglamento de desarrollo (Rgto CE/987/2009) se suprimen las siguientes rúbricas: en el Anexo 1 las relativas a Bélgica-Irlanda y Dinamarca-Grecia y en el Anexo 3 las relativas a Países Bajos y Finlandia.