Aplicación de la deducción por gastos de ejecución de producciones extranjeras
Con efectos 5-7-2018 se eliminan las obligaciones introducidas mediante la LGP/18 para los productores que apliquen esta deducción.
Con efectos 5-7-2018 se eliminan las obligaciones introducidas mediante la LGP/18 para los productores que apliquen esta deducción.
Se introducen algunas modificaciones en el cálculo de la tributación mínima.
Se introduce una nueva deducción por participación en producciones cinematográficas y series audiovisuales, para que el financiador pueda beneficiarse del incentivo fiscal previsto por inversión en estas producciones y series.
Se modifica la deducción en inversiones en producciones audiovisuales españolas, en lo que respecta a la base de la deducción y a la introducción de un límite de 3 millones de euros. Este mismo límite también se establece en la deducción por gastos de ejecución de producciones en territorio navarro.
Se modifica en Navarra la deducción por participación en proyectos de I+D e IT, en lo que respecta al límite de la deducción y al informe del órgano competente.
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