Forma parte del valor de adquisición de las acciones la aportación consistente en la condonación de un crédito por el socio a la sociedad, siempre que la parte del crédito condonada se corresponda con su porcentaje de participación en la misma.
Se modifica la regla general para el cálculo de las ganancias y pérdidas patrimoniales en las transmisiones a título lucrativo
La amortización de acciones sin contraprestación alguna como consecuencia de la ejecución por el FROB de la resolución de la entidad de crédito emisora de las acciones supone para los accionistas una pérdida patrimonial. La posterior entrega a los accionistas por la entidad de crédito compradora de nuevos bonos da lugar a una ganancia patrimonial, a integrar igualmente en la base imponible del ahorro, en consonancia con la pérdida patrimonial derivada de la amortización de las acciones.
La presente consulta desarrolla un caso práctico de integración de una pérdida patrimonial generada en la transmisión de acciones admitidas a negociación en un mercado secundario organizado, con adquisición de valores homogéneos con anterioridad y posterioridad a dicha transmisión.