Con efectos 1-1-2012 y vigencia hasta el 31-12-2013, de acuerdo con las modificaciones introducidas por el RDL 20/2011 en el ámbito estatal, se elevan del 19 al 21%, los siguientes porcentajes de retención e ingreso a cuenta en el IRPF y en el IS de los territorios forales vascos:
En el IRPF de los tres territorios los porcentajes de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario, sobre los premios en metálico y sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento sobre los bienes anteriores.
Asimismo, en Araba y Bizkaia, se eleva también dicho porcentaje respecto a los rendimientos procedentes de las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de IIC y del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos.
Por otro lado, mientras que en el IS de Araba y Gipuzkoa se eleva únicamente en relación con el arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos y en las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de IIC; en Gipuzkoa se eleva sobre los correspondientes a las rentas derivadas de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, de la cesión a terceros de capitales propios y de la cesión de bienes inmuebles o de derechos reales que recaigan sobre los mismos, incluidos los derivados del arrendamiento, subarrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre los mismos, así como a los premios derivados de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios