Para aquellas explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas afectadas por los daños causados en enero y febrero de 2014 por las tormentas de viento y mar acaecidas en la fachada atlántica y la costa cantábrica, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a la vista de los informes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los índices de rendimiento neto a los que se refiere la OM HAP/2206/2013, por la que se desarrollan para el año 2014 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
NOTA
Los términos municipales y núcleos de población afectados a los que concretamente sean de aplicación las medidas aludidas se determinarán por orden del Ministro del Interior.
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