Con efectos desde 14-12-2016, se aprueba un nuevo modelo 190:
– para efectuar modificaciones por razones técnicas en cuanto a claves y subclaves, y;
– por clarificar la información contenida en el mismo.
Concretamente, los cambios obedecen a la necesidad de desglosar y reorganizar el contenido de las claves relativas a rendimientos en concepto de incapacidad laboral temporal percibidas por las personas trabajadoras, de forma que se facilite la cumplimentación del modelo:
– tanto si, estos rendimientos son satisfechos directamente por la Seguridad Social o las entidades colaboradoras con la misma;
– como cuando estas prestaciones sean directamente abonadas, mediando el correspondiente acuerdo de colaboración con la Seguridad Social, por la persona o entidad empleadora.
Esto implica la aprobación de los nuevos diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador.
No se modifica el procedimiento ni el lugar para la presentación del modelo en impreso (OF Bizkaia 2141/2016 art.4 y 6). El plazo de presentación continúa siendo del 1 al 25 de enero del año siguiente al que se refieran los datos incluidos en el mismo.
NOTA:
Desde la entrada en vigor de esta OF se deroga la OF Bizkaia 2358/2015.
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