La expresión «terrorismo empresarial» proferida por un sindicato no vulnera el derecho al honor de la empresa

No puede considerarse vulnerado el derecho al honor de una empresa por parte de un sindicato por exhibir pancartas en las que se le acusa de «terrorismo empresarial», dado que tales hechos se realizaron en un contexto de confrontación laboral prolongada y dicha expresión se ha devaluado en el lenguaje político/sindical, no habiendo sufrido la empresa ningún perjuicio material ni perdido clientela.