Bienes inmuebles de características especiales (BICES)

A efectos de la consideración como bienes inmuebles de características especiales (BICES) de los destinados a la producción de gas, no puede entenderse que el proceso de producción tiene lugar, exclusivamente, en el lugar de la obtención del gas, sino que abarca todos los elementos que integran la cadena necesaria desde el punto de obtención del gas hasta el de su distribución a los consumidores.

Consideración de la contingencia del fallecimiento producido tras declaración de IPT

No se considera causado por contingencia profesional de forma automática el fallecimiento tras una incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional. Sólo es aplicable dicha automaticidad a la incapacidad absoluta o a la gran invalidez