El remanente que queda en la cuenta, una vez aplicados los límites de inembargabilidad para los sueldos, salarios y pensiones, se considera ahorro y sí es embargable.
Mediante esta importante modificación se transforma por completo el derecho preconcursal, anticipando las actuaciones a una fase más temprana. Además, se introducen otras medidas dirigidas a agilizar y mejorar la eficiencia del procedimiento concursal.
Con efectos 1-1-2023, se reducen los plazos máximos que puede adoptar la Administración en los acuerdos de concesión de aplazamiento o fraccionamiento para el pago de las cuotas y se eleva a rango de ley la normativa relativa a la dispensa de garantía cuando la deuda no excede de 30.000 euros.
El TEAC asume el criterio del Tribunal Supremo y considera que en los casos de estimación total o parcial por razones de fondo el plazo de ejecución es de un mes.
Con efectos desde el 1-1-2023, se amplía el contenido de la gestión tributaria
Se modifica la norma que regula este registro centralizado de cuentas bancarias para adaptar su contenido a la legislación europea.
Motivos de eficacia en la actuación administrativa pueden justificar la notificación en días de cortesía y por medios no electrónicos.
Para determinar el «quantum» de la sanción, la cifra de negocios ha de concebirse como un factor más de graduación (y no como el único elemento), que ha de ser vinculado al tipo objetivo -la conducta tipificada- y al tipo subjetivo -la culpabilidad-. En todo caso, la insuficiencia de motivación específica obliga a la Administración a imponer la sanción en su grado mínimo.
El TJUE declara que una parte de la regulación del sistema de responsabilidad patrimonial del Estado en el ordenamiento jurídico español es contrario al principio de efectividad del Derecho de la Unión: se exigen determinados requisitos que hacen que, en la práctica, sea imposible o excesivamente difícil obtener una indemnización y que esta sea proporcional al daño causado.
La aplicación de un cambio de criterio administrativo puede proyectarse sobre casos, problemas o periodos anteriores a la fecha de aparición de la resolución innovadora, siempre que se fundamente y pueda ser objeto de control judicial.