Dentro de las medidas adoptadas, se permite la devolución de los depósitos satisfechos para participar en subastas de la AEAT que hayan sido suspendidas.
Se suspende el inicio del periodo ejecutivo en las deudas tributarias de contribuyentes que, cumpliendo ciertos requisitos, se encuentren pendientes de recibir la finananciación prevista en el
RDL 8/2020
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Se adelanta al 1-6-2020 la utilización del sistema de firma electrónica no avanzada (sistema Cl@vePIN) para los pagos de deudas que realicen las personas físicas a través de la sede electrónica de la AEAT con tarjetas de crédito o de débito.
Se ha acordado la extensión hasta el 30-5-2020 de los plazos de determinadas medidas tributarias aprobadas para hacer frente al impacto económico del coronavirus.