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Utilización de Cl@vePin en el pago de deudas tributarias con tarjeta por personas físicas (RF 17/20 21 de Abril de 2020 al 27 de Abril de 2020)

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Recientemente la AEAT extendió el uso del sistema Cl@vePIN a los pagos que se realicen con tarjetas de crédito o de débito, previéndose su aplicación a las operaciones de pago que se efectuasen a través de la sede electrónica de la AEAT a partir del 15-6-2020, cuando el obligado al pago sea una persona física y se refieran a cualquiera de los modelos de ingreso que se encuentre habilitados en la aplicación de pago mediante tarjetas de crédito o débito -actualmente accesible desde el trámite de «pago de impuestos»- (ver nº 13852 Memento Fiscal 2020).No obstante, evaluada la situación y apreciada su excepcionalidad, la AEAT ha considerado necesario el adelanto de su aplicación al 1-6-2020.DG AEAT Resol 11-3-20 aptdo.noveno redacc DG AEAT Resol 15-4-20EDL 2020/9368, BOE 21-4-20

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